Policía administrativa

DEPENDENCIAS DE POLICÍA LOCAL UN REGISTRO OFICIAL DE DOCUMENTOS PARA LA ADMINISTRACIÓN, 24 HORAS, 365 DIAS AL AÑO

policiaadministrativaLas competencias de los municipios están establecidas por los artículos 25 y 26, de la Ley 7/85, de bases de régimen local, así como también por los artículos 63 y 64, de la Ley 8/87, municipal y de régimen local de la Comunidad de Madrid.

Según el artículo 53.1d de la Ley Orgánica 2/86, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, los cuerpos de Policía Local han de ejercer la función de policía administrativa, para asegurar el cumplimiento de los reglamentos, las ordenanzas, los bandos, las resoluciones, otras disposiciones y los actos municipales de acuerdo con la normativa vigente, en su ámbito de actuación y competencia.

SOLICITUD MUNICIPAL